Para los Auxilios y demás programas de bienestar, el asociado debe tener como mínimo seis (6) meses de antigüedad, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos para ello.
Los beneficiarios de los Auxilios, deberán presentar con la solicitud los documentos correspondientes dentro de los treinta (30) días calendario siguiente, contados a partir de la fecha en que ocurrió el hecho que genera el auxilio. Vencido este término se perderá todo derecho de cualquier reclamación.
Auxilio de Hospitalización | Hospitalizaciones de algún miembro de su núcleo familiar (Esposa(o), o compañera(o) permanente, hijos y padres que dependan económicamente del Asociado), el auxilio se concede según el Copago que haya pagado por la Hospitalización. |
Auxilio por Muerte | Por fallecimiento de algún miembro de su núcleo familiar (Esposa(o), o compañera(o) permanente, hijos y padres). |
Auxilio para Educación | El Fondo fomenta e incentiva la educación Formal Básica y Secundaria a partir de los programas de formación académica brindados por la empresa contratante, que son financiados con recursos económicos de acuerdo a presupuestos anuales destinados para ello. |
Nacimiento Hijo | Por el nacimiento de hijo del asociado se le concede un auxilio del 30% del salario mínimo vigente. |
Póliza grupovida deudores | La compañía de seguros responderá por el total de la deuda del asociado en caso de fallecimiento del mismo. |
Patrocinio de Campañas y/o brigadas de Salud | De acuerdo con el presupuesto, el Fondo participa con auxilios que son asignados a las campañas de salud que se realicen en el año. |